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Boletín No. 242 Versión en PDF Imprimir Enviar a un amigo
Escrito por Luis Humberto Ramírez   
viernes, 07 de octubre de 2011

Como es nuestra costumbre, a continuación damos a conocer a ustedes las normas y opiniones de A&C, en relación con los asuntos que, a nuestro juicio, tienen efecto en sus actividades personales y profesionales. Quedamos atentos a sus sugerencias y comentarios.
 
Presidencia de la República

Decreto 3590 de 2011. Mediante el cual, el gobierno nacional reglamenta la forma de dar aplicación a lo establecido en el artículo 173 de la ley 1450 de 2011, relacionado con la retención en la fuente para trabajadores independientes. Entre otras cosas, se indica que para aplicar la tabla de que trata el artículo 383 del Estatuto Tributario, los contratistas deberán presentar una certificación mensual (todos los meses y dentro los 5 primeros días) para el pago o abono en cuenta al contratista.

 

Como se ve, la DIAN no solo no se conforma con que sin la certificación no se le acepte la deducción al pagador, sino que se inmiscuye en las políticas institucionales, al punto de ordenarle al pagador que no le abone en cuenta y no le pague al contratista, si la certificación no se le presenta. Nos parece que, en este caso, el decreto está cometiendo un exceso, en cuanto a lo que deben hacer, o no, desde el punto de vista administrativo las entidades. Es más, en nuestra opinión, cada entidad verá a quién le paga, cómo le paga y qué le exige para pagarle, todo de acuerdo con sus políticas internas, independientemente de que los costos y gastos sean, o no, deducibles de impuestos.

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Efectos de las Normas Internacionales de Información Financiera – Opiniones de A&C

En este documento, A&C Consultoría y Auditoría Empresarial, con el ánimo de contribuir en el entendimiento e implementación de los estándares que serán aplicables en el inmediato futuro, explica, de forma sencilla, los principales cambios que se genera con la aplicación de la Sección 13 – Inventarios de la NIIF para PYMES en nuestras organizaciones. De esta manera, además, se podrán cuantificar los impactos financieros y los efectos en la presentación de los estados financieros que se generarán en nuestras entidades.

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